EL CONVENIO 190 DE LA OIT. LA IMPORTANCIA Y SIGNIFICADO DE SU RATIFICACIÓN POR PARTE DE ARGENTINA.

Ref. Doctrina Especial para UTSUPRA. Derecho Laboral. El Convenio 190 de la OIT. La Importancia y significado de su ratificación por parte de Argentina. Por Mario Visconti Bogosevich. Abogado (UCC). Notario (UCC). Maestrando en Derecho Laboral (UBP). Miembro de la Sala de Derecho Laboral (Colegio de Abogados de Córdoba). SUMARIO. 1. El Convenio 190 OIT. 2. ¿Qué se entiende por violencia y acoso por razón de género? 3. ¿Por qué es importante el Convenio 190 de la OIT? 4. Conclusión. // Cantidad de Palabras: 2038 Tiempo aproximado de lectura: 7 minutos

El Convenio 190 OIT. (1)

Mediante la Ley N° 27.580 (2), publicada en el Boletín Oficial el 15 de diciembre de 2020, el Congreso de la Nación aprobó la ratificación del Convenio 190 de la OIT sobre Eliminación de la Violencia y el Acoso en el Mundo del Trabajo (“Convenio 190”), que había sido firmado en 2019.

¿Qué es un Convenio y qué es una Recomendación de la OIT?
Un Convenio es un tratado internacional legalmente vinculante. Cuando los Estados miembros de la OIT ratifican un Convenio están obligados a aplicarlo en la legislación y en la práctica nacionales, y tienen que enviar a la Oficina memorias sobre su aplicación a intervalos regulares. Además, pueden presentarse quejas contra los países por violación de los convenios que han ratificado, a través de los procedimientos de control de la OIT.

Una Recomendación es una directriz no vinculante que puede:

• complementar un Convenio, proporcionando directrices más detalladas sobre su aplicación;
• ser autónoma (es decir, no vinculada a ningún Convenio).
Los Convenios y las Recomendaciones son negociados por representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores, y se adoptan durante la Conferencia Internacional del Trabajo de la OIT, que se reúne anualmente.

¿Qué es el Convenio 190 de la OIT (C190) y por qué resulta importante?

El C190 es un histórico Convenio sobre violencia y acoso, que establece el derecho de toda persona a un mundo del trabajo libre de violencia y acoso, incluidos la violencia y el acoso por razón de género. Fue adoptado el 21 de junio de 2019, durante la Conferencia Internacional del Trabajo del centenario. Está complementada por la Recomendación 206.

¿Qué se entiende por violencia y acoso por razón de género?

El Convenio indica que esta expresión designa la violencia y el acoso que van dirigidos contra las personas por razón de su sexo o género, o que afectan de manera desproporcionada a personas de un sexo o género determinado, e incluye el acoso sexual.

El C190 protege a todos los individuos en el mundo del trabajo, incluyendo: asalariados según se definen en la legislación y la práctica nacionales; todas las personas que trabajan, cualquiera que sea su situación contractual; personas en formación, incluyendo pasantes y aprendices; trabajadores/as que hayan sido despedidos; voluntarios; personas en busca de empleo y postulantes a un empleo; individuos que ejercen la autoridad, las funciones o las responsabilidades de un empleador.

El Convenio en su art. 1º define de una manera amplísima la expresión “violencia y acoso en el mundo del trabajo” como un conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico, e incluye la violencia y el acoso por razón de género
El Convenio 190 reconoce el derecho de toda persona a un ambiente de trabajo libre de violencia y acoso, incluidos la violencia y el acoso por razón de género. Asimismo, determina que tales comportamientos pueden constituir una violación o un abuso de los derechos humanos.

Adicionalmente, también identifica los diversos lugares en donde puede ocurrir la violencia, desde una perspectiva amplia. Así, establece que tales conductas pueden tener lugar “durante el trabajo, en relación con el trabajo o como resultado del mismo”, e incluye, entre las diversas hipótesis, los viajes, programas de formación, actividades sociales de índole profesional e incluso en las comunicaciones relacionadas con el trabajo y en los desplazamientos desde y hasta el lugar de trabajo.

Por tal motivo, resulta de vital importancia tomar todas las precauciones necesarias y revisar todos los procedimientos internos de cumplimiento y capacitación para actuar conforme a derecho, no sólo con relación a la normativa local en la materia sino a la mayor protección que brinda el Convenio 190.

¿Por qué es importante el Convenio 190 de la OIT?

El Convenio 190 es el primer tratado en 10 años en que los países consensuaron en la necesidad de abordar la corresponsabilidad del Estado, sindicatos y organizaciones empleadoras en la erradicación y eliminación de la violencia laboral. De esta forma, establece que la responsabilidad por el desarrollo de espacios de trabajo libres de violencia es compartida entre estos tres principales actores de la sociedad; y los presenta como actores de cambio y de transformación cultural, que es colectiva.

Por otro lado, es la primera vez en que el concepto de trabajo decente se asocia a espacios de trabajo libres de violencia.

Sumado a ello, el Convenio 190 de la OIT exhibe una definición y un enfoque de la violencia laboral innovadores, ya que centra el abordaje en la subjetividad de la víctima, considera que las situaciones pueden ser una vez o en repetidas ocasiones, y tiene en cuenta que la violencia y el acoso laboral afectan de manera desproporcionada a mujeres y grupos en situación de vulnerabilidad.

Asimismo, incluye el concepto de discriminación en materia de empleo y ocupación como una violencia indirecta que también debe ser prevenida y erradicada del mundo laboral.

Se debe destacar la esencial mirada interseccional con la que ha sido abordado. Recordemos que el concepto de interseccionalidad fue acuñado por la abogada afroestadounidense Kimberlé Crenshaw en 1989 durante un proceso jurídico, para destacar cómo en Estados Unidos “las mujeres negras estaban expuestas a violencias y discriminaciones por razones tanto de raza como de género”. En la actualidad y en palabras de la propia Crenshaw, el término sirve para: “(…) confrontar el hecho de que muchos de nuestros problemas de justicia social como el racismo y el sexismo a menudo se solapan creando múltiples niveles de injusticia social”.

La interseccionalidad desafía el supuesto de que las mujeres son un grupo homogéneo, y plantea la necesidad de enfrentar un conjunto variado de opresiones sin jerarquizar ninguna de ellas.

Este convenio invita a la transformación cultural y al cambio de comportamiento. En vez de castigar, se enfoca en la promoción de acciones para prevenir las situaciones de violencia.

Su alcance es amplio: aplica a todas las personas en el mundo laboral: desde trabajadoras/es formales e informales hasta voluntarias/os y personas en búsqueda laboral o que han sido despedidas.

La ratificación del Convenio 190 de la OIT tiene dos grandes implicancias para la Argentina, ya que desde ahora en más:

deberá confeccionar y enviar informes a la OIT todos los años que midan nuestro desempeño; y
deberá adecuar y adaptar nuestras normas y leyes para que éstas garanticen el derecho a un trabajo decente (en espacios libres de violencia) para todas las personas.

En particular, introduce como obligatorio la legislación sobre el derecho a la igualdad y a la no discriminación por parte del Estado. Y en términos generales propone al Estado como responsable de regular y monitorear las acciones que deben realizar las/os empleadoras/os, con especial énfasis en el uso de estrategias colectivas y participativas para la generación de acciones.

Huelga recordar que según datos suministrados por la misma OIT —extraídos de la 132° Sesión del Comité Ejecutivo de la Organización Mundial de la Salud, en conjunto con la Organización Panamericana de la Salud en junio de 2003—, la Argentina estuvo considerada como uno de los países del continente americano con mayor número de situaciones de violencia o agresión reportadas en el ambiente laboral.

¿Qué significa para las empresas argentinas?

En relación a las empresas, el Convenio 190 de la OIT promueve: la realización de evaluaciones y diagnósticos institucionales, para entender el punto de partida de su cultura organizacional; y el desarrollo de capacitaciones sobre las medidas existentes para la prevención y la protección contra la violencia laboral, ya que a la hora de lograr un cambio de comportamiento y una transformación cultural se requieren acciones planificadas y sostenidas en el tiempo.

Del mismo modo, insta a elaborar y adoptar Protocolos contra la violencia y el acoso en el lugar de trabajo, que aseguren espacios de trabajo libres de violencias; y hace especial hincapié en reconocer y mitigar el impacto de la violencia doméstica en el mundo laboral. En este sentido, el Convenio señala que la violencia doméstica puede afectar al empleo, la productividad, así como la seguridad y salud, y que los Gobiernos, las organizaciones de empleadores y de trabajadores y las instituciones del mercado de trabajo pueden contribuir, como parte de otras medidas, a reconocer, afrontar y abordar el impacto de la violencia doméstica.

A raíz de esto, el empleador puede establecer: licencia para las víctimas de violencia doméstica; modalidades de trabajo flexibles y protección; protección temporal de las víctimas de violencia doméstica contra el despido; un sistema de orientación hacia mecanismos públicos de mitigación de la violencia doméstica; y sensibilización respecto a la violencia doméstica.

Asimismo, los empleadores deben realizar una evaluación de riesgos en el lugar de trabajo, prestando especial atención a los peligros y riesgos que impliquen a terceros, como: clientes; compradores; proveedores de servicios; usuarios; pacientes; y miembros del público.

Conclusión

Conceptualizar la violencia en el trabajo es un verdadero desafío, porque la variedad de conductas abarcables es amplísima y porque la percepción de lo que es violencia depende del contexto y la cultura en la que la conducta se desarrolla. En este sentido, destacamos el compromiso que este instrumento internacional tiene con la perspectiva de género, que incluye el acoso sexual, de creciente riesgo y una problemática que más comúnmente afecta a las mujeres y que constituye una de las experiencias más ofensivas, humillantes y degradante que una persona puede vivir en su lugar de trabajo.
La importancia central del Convenio 190 radica en que se convertirá en un plafón fundamental para ver finalmente sancionada una ley nacional sobre violencia laboral que fije mecanismos adecuados y que de una vez por todas salde la deuda social al respecto.

La aprobación del mencionado convenio ha resultado indispensable para nuestro país en tiempos donde las denuncias por violencia y acoso laboral se encuentran en notorio aumento. Como expresáramos al principio de este trabajo, la violencia y el acoso en el mundo del trabajo constituye una grave inobservancia a los derechos humanos, y ponen en riesgo la igualdad de oportunidades, afectando a los hombres y mujeres, agravándose en el caso de las últimas y en forma adicional de la violencia de género. Son la cara opuesta al trabajo decente con consecuencias negativas para las personas e impeditivas de la realización de la justicia social.

La ratificación del Convenio 190 OIT, provoca un gran avance a los fines de propiciar culturas y espacios de trabajo inclusivos y libres de todo tipo de violencia. A su vez, es importante invitar y concientizar a todas las personas a asumir el compromiso de generar ámbitos laborales donde todos sus participantes puedan desarrollar sus tareas y crecer profesionalmente de forma íntegra, porque la transformación cultural es colectiva y la responsabilidad es compartida.

Debemos bregar por un trabajo sin violencia en el entendimiento que solo así se puede cumplir con la manda constitucional que impone que las condiciones de labor sean dignas en los precisos términos del art. 14 bis de la Constitución Nacional.

https://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=NORMLEXPUB:12100:0::NO::P12100_ILO_CODE:C190

https://www4.hcdn.gob.ar/dependencias/dsecretaria/Periodo2020/BAT2020/PDF/Ley%2027580.pdf

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